Documento de Trabajo Nº 1 CONSIDERACIONES NECESARIAS PARA LOS CANDIDATOS A LOS GOBIERNOS LOCALES. El Centro de Investigación para la promoción del Desarrollo Comunal CIDECO a creído conveniente elaborar el 1º documento de trabajo a propósito de estar a escasos días de llevarse a cabo las próximas elecciones regionales y municipales, donde la presencia y propuestas de los candidatos, dejan mucho que desear y la población se encuentra en el limbo por las experiencias gubernamentales tremendamente infectadas de corrupción, ineficiencia y pobreza intelectual que hacen cada vez más pobres a los pueblos por que no existe una capacidad de respuesta a los grandes desafíos de la realidad actual. Por ello nos permitimos presentar algunas consideraciones, quizá entre otras, que deberían tener en cuenta los candidatos al gobierno local.
1.- Perfil del Candidato. El candidato debe tener un perfil con las características que lo vinculen al temperamento y carácter del ciudadano y que lo diferencien de los candidatos anteriores. El perfil debe tener las siguientes características: Conocimiento, de la realidad de la provincia y sus posibles soluciones, con habilidad e inteligencia. Imaginación, para utilizar estrategias que hagan posibles sus propuestas. El Deseo de hacer bien las cosas, que revela la transparencia en los actos de su gestión.
2.- Actitud del Candidato. El candidato necesariamente debe estar convencido que durante su campaña debe “confrontar” (no enfrentar) propuesta con propuesta y cuando sea autoridad debe “concertar” propuesta con propuesta.
3.- Visión del candidato. Para enfrentar primera y decididamente las dificultades al interior de la municipalidad debe conocer nociones generales de administración pública que es un conjunto de reglas, sistemas y procedimientos para ejercer el poder político administrativo de la comuna y convertirla en instrumento eficaz que ayude en la consecución de logros y metas propuestas.
4.- Temas relacionados en el manejo de la gestión municipal. Con el apoyo técnico profesional de sus asesores especializados, el candidato debe fortalecer su capacidad de gestión en temas como son en: - Sistemas de Administración Pública (en Tesorería, Contabilidad, Abastecimiento, Presupuesto y Planificación, Personal, Control Interno). - Sobre adquisición y contratación de bienes y servicios con el Estado. - Planeamiento Estratégico. - Cooperación y Vinculación Internacional. - Evaluación de proyectos y programas. - Control Interno, materias de la Contraloría General de la República.
5.- Propuestas de Gestión. Entre otras competencias que le establece la Ley de Municipalidades: - Sobre los proyectos de atención y desarrollo de de la empresa encargada de suministro del agua. - Transporte, sobre su reordenamiento vehicular, parque automotor, paraderos de Interconexión local, distrital y provincial. - Limpieza Pública, sobre la adquisición de recolectores y tratamiento de la basura y desperdicios orgánicos. - Mercados, construcción y/o implementación de mercados de abastos, permanentes y temporales y/o ferias comunales. - Ornato, Alumbrado Público, Pistas y Veredas, sobre el plan de ubicación y construcción en serie. - Educación y Deporte, sobre la municipalización de la educación y promoción de las distintas disciplinas deportivas. - Programas de Fiscalización Tributaria, para optimizar la recaudación de tributos. - Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa, mediante la oficina municipal de promoción. - Programas de optimización para los servidores públicos del municipio mediante la meritocracia que permita la consecución de logros de la gestión edil. - Seguridad Ciudadana, para redefinir objetivos, funciones y logros. Crear la Escuela de Seguridad Ciudadana e incorporar otras disciplinas relacionadas a la seguridad tendiente a que sea una escuela autofinanciada. - Presupuesto Participativo y Concertado, con su relación con el Consejo de Coordinación Provincial. - Programas sociales, como la lucha contra la desnutrición, salubridad y prevención, - Lucha contra el consumo de drogas, defensa del anciano, mujer, adolescente y el niño abandonados. - Cooperación y Vinculación Internacional, que permita conseguir fondos para financiar o cofinanciar proyectos productivos y/o programas sociales. - Proyectos de desarrollo con impacto provincial y regional a corto, mediano y largo plazo.
6.- Otras consideraciones a tener en cuenta. El candidato debe tener presente que: la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la “defensa” de los intereses y derechos de los Gobiernos Locales se ejerce a través de las procuradurías públicas municipales , las que son introducidas en la estructura orgánica del municipio. Señala también, que los obreros que prestan servicios a la municipalidad son “servidores públicos” pero sujetos al régimen de la actividad privada, reconociéndoles derechos y beneficios de esa actividad. La misma ley señala, que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión. En materia tributaria local, se señala que el sistema tributario de las municipalidades se rige por una ley especial . La Ley reconoce como rentas municipales aquellas señaladas en la Ley de Bases de la Descentralización, tales como tributos, creados por ley a su favor; las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Consejo Municipal. Los Fondos del FONCOMUN son recursos asignados por concepto de Canon y Sobre Canon, entre otros. La Ley ha hecho explícitas otras rentas municipales, tales como las asignaciones y transferencias del Gobierno Central, los recursos derivados de la concesión de bienes inmuebles y los nuevos proyectos, obras o servicios entregados en concesión. También los derechos por la extracción de materiales de construcción ubicados en los álveos y cauces de los ríos y canteras localizadas en su jurisdicción. Así mismo, La Ley señala el íntegro de los recursos provenientes de la privatización de sus empresas municipales, si los hubiere en nuestro caso en Chincha.
7.- Consideraciones de Control Interno para el manejo de fondos públicos. El Sistema Nacional de Control que establece la Ley Orgánica de Contraloría General de la república significa que el control comprende las acciones para cautelar previamente y verificar posteriormente, la correcta administración de los recursos humanos, materiales y financieros, así como la obtención de los resultados de la gestión pública. En éste caso, del municipio distrital de Pueblo Nuevo de la provincia de Chincha. ¿Qué es Control Previo…? Son acciones que se aplican para cautelar los recursos y productos que son de responsabilidad de las respectivas autoridades institucionales como función inherente al proceso de dirección y gerencia. ¿Qué es Control Posterior…? Son acciones de comprobación, revisión e informe de la exactitud y oportunidad con que la autoridad ha aplicado las normas legales y reglamentarias vigentes y usado su potestad discrecional, en la programación y utilización de los recursos humanos, materiales y financieros y, en la obtención de las metas y resultados como función inherente al proceso de dirección y gerencia.
SANTOS ALEJOS IPANAQUE Director Ejecutivo CIDECO


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